Argentina
20 de Agosto de 2026

Argentina moderniza el régimen de inversiones mineras y pone en marcha un registro digital por proyecto

El Gobierno nacional puso en vigencia una profunda reorganización administrativa del Régimen de Inversiones Mineras establecido por la Ley 24.196. La Resolución 68/2026 obliga a digitalizar los trámites mediante la plataforma TAD y crea el nuevo Registro de Inversiones Mineras (RIM), que identificará individualmente cada proyecto y centralizará su información. La normativa también establece mecanismos para compatibilizar el régimen con el RIGI.
Argentina moderniza el régimen de inversiones mineras y pone en marcha un registro digital por proyecto

La Secretaría de Minería de la Nación puso en marcha una nueva estructura administrativa para el Régimen de Inversiones Mineras con el objetivo de simplificar los procedimientos, mejorar la trazabilidad de los proyectos y avanzar hacia una gestión completamente digital.

La modificación fue instrumentada mediante la Resolución 68/2026 y alcanza al régimen promocional establecido por la Ley 24.196. El cambio central será que las presentaciones, inscripciones, actualizaciones, solicitudes de beneficios y bajas deberán tramitarse exclusivamente mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

De esta manera, el Gobierno elimina las presentaciones físicas y establece un único canal de interacción entre las empresas mineras y la administración nacional.

La reforma se produce además después de la modificación reglamentaria realizada mediante el Decreto 482/2026 y forma parte de la política del Poder Ejecutivo destinada a simplificar procedimientos administrativos y reducir cargas burocráticas.

Un registro único para seguir cada proyecto

La segunda modificación importante es la creación del Registro de Inversiones Mineras (RIM).

El nuevo sistema informático identificará a los beneficiarios mediante su CUIT y asignará un código único de identificación a cada proyecto minero. El objetivo es mejorar la trazabilidad y permitir un seguimiento más preciso por parte de la autoridad de aplicación.

La individualización de los proyectos también modifica la manera en que las compañías deberán presentar parte de su información.

Las declaraciones juradas anuales y la documentación técnica, económica y fiscal deberán presentarse por cada proyecto minero de manera individual, en lugar de realizarse globalmente por empresa, una práctica que era frecuente bajo el esquema anterior.

Con este mecanismo, la Secretaría de Minería busca mejorar tanto la fiscalización como el seguimiento de las inversiones alcanzadas por los beneficios de la Ley 24.196.

Articulación entre la Ley de Inversiones Mineras y el RIGI

La resolución incorpora además procedimientos destinados a compatibilizar el régimen tradicional de promoción minera con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).

La normativa establece mecanismos específicos para tramitar las solicitudes de alta de CUIT especial de los Vehículos de Proyecto Único (VPU) mineros, así como para la inscripción de sucursales dedicadas constituidas bajo esa figura.

La intención es garantizar continuidad registral entre ambos sistemas y ordenar la situación de aquellos grandes desarrollos que utilicen simultáneamente las herramientas previstas por el régimen minero y por el RIGI.

La Resolución 68/2026 también reglamenta procedimientos relacionados con el Seguro Ambiental Obligatorio y mantiene un tratamiento diferenciado para los casos contemplados dentro de la Ley de Inversiones Mineras.

Menos trámites y mayor trazabilidad

La reforma apunta a atacar algunos de los problemas administrativos que históricamente acompañaron la gestión de los beneficios mineros.

La digitalización mediante TAD y la centralización de información en el RIM buscan reducir tiempos y costos administrativos, mientras la asignación de códigos individuales permitirá conocer con mayor precisión el estado de cada proyecto y sus obligaciones.

La reorganización también incluye una limpieza del marco regulatorio. La resolución derogó cuatro normas anteriores, emitidas entre 1996 y 2021, con el propósito de unificar criterios y actualizar el ordenamiento administrativo.

El nuevo régimen entró en vigencia el 19 de agosto y también será aplicado a los trámites actualmente en curso. La excepción serán las declaraciones juradas que hayan sido presentadas previamente, que continuarán procesándose bajo la normativa anterior.

La Dirección Nacional de Inversiones Mineras deberá comunicar a los interesados las adecuaciones necesarias para continuar aquellos expedientes que ya se encontraban abiertos.

Con el nuevo RIM, el cambio va así más allá del reemplazo del papel por expedientes digitales: cada proyecto tendrá una identificación propia y su información técnica, económica y fiscal podrá seguirse individualmente.

La reforma busca que el Régimen de Inversiones Mineras funcione bajo una estructura más centralizada y trazable, mientras Argentina intenta acelerar el desarrollo de nuevos proyectos y articular las herramientas históricas de promoción de la actividad con los incentivos incorporados recientemente a través del RIGI.


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